Convenio regulador de un niño pequeñoRégimen de visitas de bebé lactante

En el convenio regulador de un bebé lactante se debe de regular el derecho de visitas garantizando que no se perjudique que el bebé pueda alimentarse correctamente yo tomar el pecho de su madre.

Es algo no exento de opiniones diversas, pues mientras que de manera generalizada se entiende que un bebé hasta que deje de ser lactante debe de tomar pecho, ya son cada vez más las opiniones de que los niños que no se alimenten de leche materna y lo hagan de leche elaborada especial para bebés o incluso de vaca.

Cada bebé será un caso que deberá de valorarse individualizadamente conforme las necesidades y circunstancias concretas.

A pesar de ello, lo razonable es que el régimen de visitas de un bebé lactante no tenga pernocta con el padre y que se limite a periodos cortos de tiempo. Se puede aumentar la frecuencia pero reducir la duración, pues mientras que sea lactante lo mejor para el bebé será que siga las mejores pautas de alimentación que recomienden en cada caso los pediatras.

El convenio regulador que determina las visitas de un bebé que es lactante supone una gran incertidumbre, pues no se sabe qué evolución tendrá y por tanto en ocasiones los progenitores pueden sentir que no saben como acertar.

Bebé lactante y derecho de visitas

Pues bien, lo razonable es que hasta que dejen de ser lactantes pasados los 2 años o incluso indicando expresamente «mientras sea lactante» en convenio regulador se pueda fijar unas visitas adaptadas a las necesidades del niño o niña y que ello no suponga una limitación de los derechos del padre, sino una adaptación a las necesidades del niño.

En España es preferente la custodia compartida, pero es evidente que a partir de una edad del niño, pues por naturaleza, un niño lactante debe de estar bajo custodia materna y con un derecho de visitas limitado para el padre.

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